sábado, 18 de septiembre de 2010

NO A LA PRECARIEDAD DE LOS DOCENTES INTERINOS:CONTRATACIÓN INDEFINIDA AL CUMPLIR EL PRIMER TRIENIO DE ANTIGÜEDAD


Para entrar a trabajar como funcionario con plaza tienes que sacar más de 5 de media en la oposición, lo que te permite "concursar" por méritos. Según el baremo que tengas en los méritos consigues entrar o no en el cupo de plazas asignadas en la convocatoria de oposiciones. Los que no entran en el cupo pasan a formar parte de la bolsa de "aspirantes a interinidad". Todos los cursos trabajan más profesores de los que tienen plazas asignadas, los interinos "sin plaza".
Los funcionarios interinos sin plaza son nombrados cada curso para "exigirles" el mismo trabajo que a los funcionarios de carrera con plaza.
Según la especialidad y según la convocatoria de oposición por la que se ingresa en el cuerpo, las notas de corte para ser funcionario con plaza (plaza=no me pueden echar tan fácilmente como a un interino de mi plaza), varían. Mientras que en unas especialidades los trabajadores consiguen estabilidad laboral con muy pocos méritos (a veces con ninguno), en otras se da la paradoja de que tengas los méritos que tengas nunca es suficiente para conseguir la ansiada plaza (plaza=derecho a que echen de un sitio al interino antes que a ti). Los interinos pues no son mas que unos trabajadores necesarios como todos pero situados al final de la cola para adjudicarles un destino laboral.
Por tanto los que menos méritos tienen, según la última convocatoria de oposición y correspondiente decreto de interinos, se ven obligados a trabajar en destinos muy alejados de su domicilio, y con duraciones inciertas(la duración de los destinos oscila entre tres días y todo el curso) por lo que no pueden trasladarse de domicilio fácilmente. Los funcionarios interinos no tienen derecho a rechazar ningún destino sin ser despedidos fulminantemente (el eufemismo que se utiliza para no decir despido fulminante es "decaen de las listas"). Para proceder a un despido fulminante no se tiene en cuenta los años trabajados en la administración. En este caso se trata igual a un interino que lleve diez años trabajando que a uno que lleve una semana.
También te puedes quedar en la calle si tus méritos pierden valor al cambiar estos en las sucesivas convocatorias de oposición y decretos y órdenes de interinos. Lo que en unas épocas ha tenido mucho valor en otras se devalúa y eso significa que te despiden. Por lo tanto los interinos no tienen derecho a ser contratados por años de antigüedad prestando servicios y muchos se quedan en la calle si otra persona se adecúa al diseño de perfil de las sucesivas convocatorias de oposiciones, decretos y órdenes de interinos.
LA PRECARIEDAD FOMENTADA DESDE LA ADMINISTRACIÓN.
Los trabajadores docentes interinos no son ni fijos ni temporales. Somos PRECARIOS. Eso significa que algunos trabajan "a un escalón de la exclusión social "debido a las condiciones en las que son contratados y despedidos y a las condiciones laborales en las que tienen que desempeñar sus funciones.
Creo que es el momento de reivindicar estabilidad laboral tras cumplir el primer trienio de antigüedad en la empresa. No olvidemos que los interinos están para cubrir destinos con urgencia., pero el caracter urgente de los destinos no exime a la administración de cumplir con los derechos fundamentales que asisten a todos los trabajadores. Uno de estos derechos es el de la promoción en tu puesto de trabajo y el reconocimiento. Si los trabajadores interinos cumplen año tras año con su trabajo.....¿Por qué los echan?
¿Alguien tiene una respuesta coherente?

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